Términos y Condiciones del Servicio de Concesión del Permiso Para Poder Laboral en Espacios Compartidos

SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S., sociedad por acciones simplificadas de naturaleza comercial, legalmente constituida mediante documento privado del 23 de mayo de 2013 otorgado en Cartagena, inscrito en la Cámara de Comercio de Cartagena el 31 de mayo de 2013 bajo el número 94,583 del libro IX del Registro Mercantil, identificada con el Nit. 900.623.242-4; con establecimiento de comercio principal denominado SUCASA INMOBILIARIA, inscrita con Matrícula Mercantil No. 09-205871-03, de esta manera actúa para unir al CONCESIONARIO y al CONCEDENTE; por tal motivo no actúa ni como inmobiliaria, ni presta el servicio de CONCESIÓN de ningún tipo y no es parte responsable de los contratos de CONCESIÓN DEL PERMISO PARA PODER LABORAL EN ESPACIOS COMPARTIDOS que se generen entre EL CONCESIONARIO Y EL CONCEDENTE.

Los Espacios Laborarles Compartidos se definen como aquellos cuya destinación está enmarcada para ejecutar actividades o trabajos profesional de gestión, administración, etc. También se consideran espacios Laborales las Salas o Locales con capacidad y especialmente acondicionado para la celebración de conferencias, coloquios, conciertos, espectáculos etc. Se incluye además los espacios multiuso donde se pueden celebrar desde ponencias, reuniones periódicas, juntas Generales, cursos de formación y/o presentaciones.

SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S en su condición de central de información y de gestión y control de reservas para el servicio de CONCESIÓN DEL PERMISO PARA  PODER LABORAL  EN ESPACIOS COMPARTIDOS a los CONCESIONARIOS interesados; no tiene responsabilidad ni total, ni solidaria, ni subsidiaria relativa a cualquier aspecto relacionado con la ejecución o prestación del servicio de CONCESIÓN DEL PERMISO PARA LABORAL EN ESPACIOS COMPARTIDOS  y otras adiciones que se incluyan específicamente para cada caso, eximiéndose de cualquier responsabilidad por situaciones que puedan presentarse durante la prestación del servicio de CONCESIÓN , ante posibles pérdidas, daños personales o a bienes del CONCESIONARIO O DEL CONCEDENTE, accidentes , actos delincuenciales de terceros en contra de las partes, etc. En caso de que la información contenida en la publicidad que utilice SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S en la promoción de los ESPACIOS con destinación LABORAL EN ESPACIOS COMPARTIDOS, no coincidan con las ofertadas, la responsabilidad recae sobre CONCEDENTE exclusivamente y la reclamación deberá realizarse por CONCESIONARIO directamente, no obstante, lo establecido en el contrato.

 

RESERVAS.

Los precios de las reservas se establecen en pesos colombianos. Todas las reservas realizadas deben cancelar el 100% de total de la reserva por adelantado junto con los honorarios y depósito, el cual se paga directamente a Nuestra Empresa a través de trasferencia o consignación bancaria a nuestros números de cuenta, o por medio de tarjeta de crédito mediante la opción de Venta No presencial, con el fin de poder autorizar la entrega del ESPACIO LABORAL y recibir las instrucciones para el acceso.

En caso de que, por motivos de fuerza mayor o incumplimiento de compromisos de terceros, el ESPACIO reservado no esté disponible, Nuestra empresa se compromete a conseguir una alternativa con similares características. Si esto no es posible, se devuelven los pagos efectuados para la reserva y la comisión de la Empresa.

Nuestra Empresa NO responde por posibles daños y perjuicios que se pudiesen producir por la no disponibilidad del ESPACIO LABORAL COMPARTIDO reservado.

En caso de cambio de fechas de las reservaciones con más de 5 días de anticipación, se verifica disponibilidad del ESPACIO, de no estar disponible se buscará un ESPACIO LABORAL COMPARTIDO con características similares al estipulado, primeramente, sin efectuar ningún cobro extra en los honorarios.

Para el cambio de fechas de las reservaciones con menos de 5 días de anticipación se toma la garantía como pago por indemnización a nuestro CONCESIONARIO.

Para la cancelación de una reserva con más de 10 días de anticipación se devolverá el valor de los honorarios y el depósito descontando cuatro por mil y los gastos bancarios, esta devolución se realiza en los próximos dos (2) días, después de la notificación.

Para la cancelación de una reserva con menos de 10 días de anticipación les será descontado un 0,065 SMMLV como penalización por el corto tiempo de aviso.

USO DEL ESPACIO LABORAL

Para todas las estadías rigen términos generales, tales como:

El CONCESIONARIO, se debe ajustar al horario establecido por el CONCEDENTE.

El CONCESIONARIO, se compromete a hacer un uso correcto del lugar y del material, así como de los plazos de utilización, (también se han de respetar el horario comercial de la empresa), aceptando por adelantado que cualquier falta en esta obligación dará derecho al cobro de la penalización establecida –

El CONCESIONARIO, debe constituir un depósito de una fianza al inicio del contrato, en caso de conformidad al momento de la entrega del Espacio, se hará la devolución de esta si el uso del ESPACIO no es recurrente, caso contrario se mantendrá el depósito y si esta se conserva por un tiempo mayor a doce (12) meses, se actualizará el valor de dicha fianza aumentándola en igual proporción a incremento del IPC.

En caso de incumplimiento del Contrato, la aplicación de la sanción será correspondiente al valor de la fianza establecida.

En caso de perdidas, robo o deterioro del material imputable al CONCESIONARIO; se compromete a cancelar el valor de estos.

Cancelar la cuota correspondiente al tramo de horario contratado

La Reserva del Sitio, será notificada por correo electrónico; una vez utilizado el espacio, se expedirá la correspondiente factura vía electrónica al correo registrado en el base de datos, con el fin de facilitar el control contable.

Es obligatorio la presentación del documento de reserva al momento de ingresar al sitio. Si la misma esta expedida a nombre de la persona natural solo podrá ingresar el titular de esta; en caso de que la reserva sea a nombre de una persona Jurídica; podrá ingresar las personas autorizadas en dicha reserva. Se sobre entiende que la reserva es personal e intransferible.

El CONCESIONARIO se compromete a usar el espacio de trabajo, así como el material con la diligencia debida.

El CONCESIONARIO asume la custodia del material desde la retirada de este hasta su devolución, por lo que deberá hacer un uso diligente, tomar las medidas oportunas para evitar su robo, perdida o deteriora y asegurarse de su correcto uso.

El CONCESIONARIO es responsable en todo momento de las obligaciones que determinen las autoridades, prohibiéndose cualquier utilización del uso del Espacio Laboral contrario a lo previsto en las normas de uso.

El CONCESIONARIO es el único responsable de las lesiones causadas a si mismo o a terceros, así como de los daños a bienes propios o de terceros provocados tanto por el uso normal como indebido del Espacio Laboral.

En Caso de robo o perdida de material El CONCESIONARIO tiene obligación de comunicarlo inmediatamente, en un plazo máximo de dos (2) horas desde el incidente y de entregar copia de la denuncia efectuada en las dependencias judiciales. En caso de accidente o incidente que afecte gravemente a las condiciones de uso del espacio se notificará igualmente.

Para todos los ESPACIOS LABORALES, (Puestos de trabajo Fijo, Puestos de Trabajo Rotativo, Oficinas Privadas o Semi Privadas, Oficinas Corporativas, Salas de Juntas, Salas de Capacitación, auditorios, y todo aquello que se destine para ejercer Actividades Laborales, de capacitación entre otras, etc. deben cumplir con el acta de entrega a satisfacción para poder culminar el contrato.

El CONCESIONARIO cuenta con la capacidad psíquica y física para utilizar el Espacio Laboral conforme a la reglamentación aplicable, además de contar con la mayoría de edad.

Se debe mantener el orden y la limpieza del ESPACIO LABORAL

El CONCESIONARIO es responsable de cualquier daño en la propiedad o pérdida de elementos de equipamiento. En este caso, tiene la obligación de pagar estos.

El CONCESIONARIO deben manejar una conducta moral y social intachable, quien incurra en faltas graves, en este sentido será sancionado, deberá retirarse del ESPACIO inmediatamente sin derecho a reembolso y no se le permitirá el ingreso al predio por parte de la administración y/o establecimiento del edificio.

Son causales de mala conducta; ebriedad total, insulto o calificativos soeces a las personas presentes en el establecimiento, posesión o consumo de estupefacientes, exhibicionismos, el comercio sexual y la generación de peleas a agresiones a terceros.

Cada CONCESIONARIO es responsable durante el uso del Espacio asignado, así como el uso de las instalaciones y de sus pertenencias de valor.

 

 

 

 

MASCOTAS.

En caso de que, el Espacio Laboral, se permita el ingreso de Mascotas se deben cumplir con las siguientes condiciones

El CONCESIONARIO es responsable de su mascota, por tal motivo debe encargarse de mantenerlo siempre a su lado.

El CONCESIONARIO debe controlar y evitar que la mascota se suba a otra sillas, sofás o mesas de trabajo.

El CONCESIONARIO asume los costos totales por los daños causados por su mascota

NORMAS CONDUCTUALES

El CONCESIONARIO cumple con las normas de urbanidad, teniendo en cuenta que los ESPACIOS LABORALES COMPARTIDOS, todo es de todos, por lo que hay que velar por su conservación y cuidado.

El CONCESIONARIO debe cumplir con normas como saludar, ordenar, limpiar, devolver en caso de recibir prestado, pedir permiso para usar algo que no le pertenece etc.

Apagar las luces de baños, salas de juntas cuando termines de usarla o cuando las veas encendidas sin que nadie les esté dando uso.

Respetar los horarios de reserva tanto del lugar de trabajo, como de los salones, salas de junta etc.

El CONCESIONARIO debe borrar los tableros incorporados al puesto de trabajo o las salas de juntas, aulas o cualquier sitio donde se disponga dentro del Espacio Laboral antes de salir.

En el evento de querer escuchar música, o cualquier contenido de audio, el CONCESIONARIO tiene la obligación de utilizar audífonos,

El CONCESIONARIO debe tener en cuenta que, al hablar en voz alta, recibir o hacer llamadas, debe utilizar los espacios adecuados, con el fin de NO generar contaminación auditiva dentro del ESPACIO LABORAL COMPARTIDO que perturbe el trabajo de otros.

El CONCESIONARIO no le está permitido consumir alimentos dentro del ESPACIO LABORAL COMPARTIDO, solo lo debe hacer en los lugares destinados para tal fin.

En caso de que el ESPACIO LABORAL COMPARTIDO, cuente con neveras, debe entender El CONCESIONARIO, que son de uso comunal por tanto debe respetar las provisiones de los otros, además tener en cuenta que estas deben ser desocupadas los fines de semana.

El consumo de alcohol no esta permitido, por tal motivo El CONCESIONARIO debe abstenerse de consumir, o hacer consumir a otros, así como también llegar al sitio en estado de embriaguez; así mismo está prohibido fumar dentro del mismo.

El uso del baño por los CONCESIONARIOS debe seguir con las normas mínimas de higiene y limpieza, por tanto, se compromete a bajar la palanca del sanitario una vez termine su uso; el papel higiénico debe disponerse en el sitio destinado para tal fin.

Cerrar los grifos una vez sean usados, evitando perdida de agua, que el medio ambiente se lo agradecerá.

Los objetos del CONCESIONARIO son de él, por tanto, no se puede dejar objetos en otros sitios de trabajo, además de que otro CONCESIONARIO puede retirarlos.

En caso de que El ESPACIO LABORAL COMPARTIDO, suministre algún tipo de bebidas, estas serán con autoservicio.

 

 

INVITADOS

En el evento que el CONCESIONARIO, tiene un invitado, se debe notificar al personal; independientemente si es un puesto rotativo, fijo, oficina corporativa o privada. etc., buscando la completa seguridad del sitio.

SOBRECUPOS.

Se origina el sobre cupo, cuando el número de participantes es mayor a lo que establece el lugar y/o la indicada en la cotización del Espacio, donde se va a realizar la actividad, y en la información de pago de la reserva.

El sobre cupo no es permitido, sin embargo, si ocurriera que el CONCESIONARIO Y EL CONCEDENTE así lo acepten, este estará en capacidad para cobrar una sobre tasa por persona adicional, cuyo costo lo definiera el CONCESIONARIO, dado caso que el CONCEDENTE incumpla el pago de sus adicionales, se dará por terminado el servicio de CONCESIÓN DEL PERMISO PARA PODER LABORAL EN ESPACIOS COMPARTIDOS sin ningún tipo de reembolso de la reserva total.

SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S no autoriza ni es responsable del sobre cupo que se permita, ni por los cobros adicionales que le sean cobrado al CONCESIONARIO.

DERECHOS DEL CONCEDENTE.

SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S, deberá resguardar y respetar los siguientes derechos del CONCEDENTE:

Los datos entregados por el CONCEDENTE son confidenciales y están protegidos de acuerdo con lo establecido por la normativa colombiana para la protección de datos, Ley 1581 del 2012.

En ningún caso los datos personales de los CONCEDENTES son entregados a terceras personas diferentes al CONCESIONARIO. Con que el CONCEDENTE realiza la compra de un servicio de CONCESIÓN DEL PERMISO PARA PODER LABORAL EN ESPACIOS COMPARTIDOS

El CONCEDENTE, tiene derecho a saber que la operación de pago realizado a SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S así como los datos personales será entregada a las autoridades colombianas que así lo exijan de acuerdo con sus funciones de control de vigilancias que determinen la normatividad colombiana.

El CONCEDENTE tiene derecho a conocer que SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S no es el CONCESIONARIO de ningún inmueble y que no suplanta a los mismos.

El CONCEDENTE, tiene derecho a que los lugares que se le entregan para su conocimiento mediante correo electrónico como propuestas de servicios de Concesión de Espacios Laborales Compartidos, se garantice que son lugares reales, que existen y que operan como sitio de espacios laborales en el momento de entrega de información.

EL CONCEDENTE, tiene derecho a que se le resuelvan las dudas, sobre información general de los lugares de servicios de Espacios Laborales publicados.

El CONCEDENTE, tiene derecho a diligenciar una encuesta de satisfacción, una vez culminado el Servicio de Concesión de Espacios Laborales Compartidos.

HORARIOS DE ENTRADA Y SALIDA

El CONCEDENTE deberá llegar a Ocupar el Espacio Compartido seleccionado a partir de la hora dispuesta en la reserva del día acordado.

Con la autorización previa del CONCESIONARIO, el CONCEDENTE y sus invitados podrán llegar más temprano, pero en ningún caso más temprano de la hora dispuesta en la Reserva.

Si tiene alguna demora deberá informar al CONCESIONARIO y/o funcionario de SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S. En caso de que el CONCEDENTE no informe la demora el encargado del inmueble, no estará obligado a esperarlo y estará a su discreción dejar entrar o no a los clientes en horarios diferentes a los mencionados.

El CONCESIONARIO, no asume ninguna responsabilidad, en caso de que no se respeten estos horarios.

La hora de salida se pacta a la hora dispuesta en la Reserva del último día convenido, momento en el cual el CONCEDENTE y todos sus acompañantes deberán desalojar el Espacio Laboral.

Con la autorización previa del CONCESIONARIO, el CONCEDENTE y sus acompañantes podrán salir más tarde del Espacio Laboral , pero en ningún caso más allá de la hora dispuesta en la Reserva.

En caso de no dejar el inmueble en la hora indicada, se cobrará la tarifa por salida más tarde de lo previsto hasta la hora dispuesta en la Reserva. Después de la hora dispuesta en el Reserva, se cobrará día completo.

Antes de la Entrega del Espacio Compartido, se verificará el inventario y en caso de daños perdidos se hacen los cobros respectivos.

DEPÓSITOS DE SEGURIDAD Y GARANTÍA DE PAGO.

SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S. exige una suscripción al CONCEDENTE un depósito para cubrir posibles daños.

La garantía varía de acuerdo con la Valorización del Espacio Seleccionado, y esta se devuelve al final del uso del mismo, con la autorización del administrador de la propiedad, siempre y cuando se cumpla con las fechas de estadía indicadas en la reserva y/o en el contrato y no existan deudas, pérdidas o daños.

La restitución del Depósito por garantía se hará por transferencia en pesos colombianos las siguientes 48 horas después de su salida del Espacio Ocupado, descontando eventuales gastos bancarios. Cabe destacar que El CONCEDENTE solo tiene el deber de depositar una sola garantía y es consignada a nuestra empresa.  

REQUISITO DE IDENTIFICACIÓN DE CONCEDENTES.

En todos los casos, sin excepción alguna, las personas, cuando se presenten a hacer uso del ESPACIO LABORAL COMPARTIDO, deberán presentar cedula de ciudadanía, en caso de menores de 7 años, registro civil de Nacimiento, y entre mayores de 7 y menores de 18 a la tarjeta de identidad. En caso contrario no se permitirá la entrada que no cuente con los documentos mencionados.

REGLAS DEL INMUEBLE, GUÍAS Y CONSEJOS.

SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S velará y mediará por los intereses del CONCEDENTE Y EL CONCESIONARIO, en caso de desacuerdos entre estos.

Se da por informado al aceptar estos términos y condiciones, que en ninguno de los Espacios promocionados por SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S se puede consumir sustancias psicoactivas ilegales.

El ingreso al Espacio Laboral, con posesión, consumo, venta o cualquier actividad realizada con sustancias psicoactivas está prohibida dentro del sitio, y al momento de ser identificada esta situación, se dará por terminado la Reserva sin lugar a devoluciones de dinero o indemnizaciones de ningún tipo.

Se da por informado que SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S y/o CONCESIONARIO del Espacio reservado, informara ante las autoridades competentes el conocimiento de este tipo de hechos.

El Concedente se compromete a respetar los usos y costumbres de la región y/o país, junto con las normas establecidas en el reglamento de copropiedad del lugar de ubicación del Espacio, en caso de que el mismo este sometido al Régimen de Propiedad Horizontal.

Se debe cumplir con las Políticas, Reglamentos, Condiciones, Términos, Normas de Convivencias, Manuales de Comportamiento, etc. que le sean informados al momento del ingreso al Espacio que reservó.

Cualquier desacato grave de estas costumbres y reglas, puede ocasionar el término anticipado de la Concesión, sin derecho a reclamación de reembolsos o pagos de saldos que haya cancelado.

Debe hacer uso del Espacio solo para uso Laboral, formativo, cultural, de gestión etc. no puede ser utilizado para ningún otro tipo de actividad lícita o ilícita que no sea de propia del Servicio que se está ofreciendo.

Se da por informado al aceptar estos términos y condiciones, que conoce que SOLUCIONES COMERCIALES Y CONSTRUCTIVAS S.A.S rechaza y condena toda acción relacionada con el tráfico de especies, y que la actividad de promoción y/o Representación turística, denunciamos ante las autoridades competentes, cualquier situación que pueda considerarse sospechosa o evidente de tráfico de especies

Está prohibido el ingreso de armas.

Está prohibida la explotación, la pornografía y el turismo, violencia o abuso sexual con menores de edad y será penalizado según la ley 679 de 2001, la Ley 985 del 2005, la Ley 1336 del 2009 y la Resolución 3840 del 2009 y el Decreto 1036 del 2016.

He leído y Acepto los términos y condicione estipulados en esta cotización.